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En Revista Fojas aceptamos “artículos”, “comentarios de sentencias”, “columnas de opinión” y textos de “actualidad legislativa”.
Estos documentos son distintos entre sí, y entendemos por tales lo siguiente:
- Artículos: se trata de un análisis profundizado sobre un problema jurídico particular en el ámbito registral inmobiliario.
- Comentarios de sentencias: a partir de una sentencia relevante dictada por algún tribunal de la república, se presentan los hechos que dieron lugar al juicio, el razonamiento del tribunal y una opinión crítica al respecto.
- Columnas de opinión: se trata de escritos breves en que se manifiesta la opinión sobre algún tema actual de relevancia en el ámbito registral inmobiliario. Puede tratarse, incluso, de proyectos de ley.
- Actualidad legislativa: presentar y/o comentar alguna nueva disposición legal o reglamentaria que tenga incidencia en el ámbito registral inmobiliario.
Los textos (de cualquier sección) no pueden superar las 5 páginas (excluye bibliografía) y deben ser escritos con la fuente Times New Roman, tamaño 12, interlineado sencillo o simple y márgenes normales.
Las ideas ajenas o propias ya publicadas deben contar con la debida citación. A este respecto, si corresponde, se debe agregar al final un listado de referencias citadas (doctrina, normas, sentencias, etc.) con toda la información necesaria para identificar el documento (nombre autor/a, título, nombre del libro o revista, edición, tomo, editorial, ciudad, link si corresponde) y en las notas al pie utilizar la referencia abreviada. En este sentido, se recomienda utilizar las reglas de citación de la Revista Chilena de Derecho Privado que se dejarán disponibles más abajo.
Los manuscritos serán revisados por el comité editorial antes de ser aceptados y publicados.
Los textos pueden enviarse durante todo el año al correo electrónico: conservadoresweb@gmail.com Al mismo e-mail pueden dirigirse las consultas que surjan durante el proceso.
Normas de citación[1]
Si durante el texto se cita bibliografía, sentencias, normas u otros documentos, deben indicarse en una nota al pie en forma abreviada. Al final del manuscrito debe agregarse un título de “Referencias citadas”, que incluirá las referencias completas, con toda la información que permita identificar aquello consultado. A continuación se dejan ejemplo de referencias completas y abreviadas.
- Bibliografía citada
Ejemplos de referencia completa:
Libro con un autor: Ferrando, María de Lourdes (1999). La información de las entidades de crédito. Estudio especial de los informes comerciales bancarios. (edición si corresponde, a partir de la 2ª). Valencia: Tirant lo Blanch.
Libro compuesto por tomo y volumen: Alessandri Rodríguez, Arturo (2011). De la compraventa y de la promesa de venta. Santiago: Editorial Jurídica de Chile, tomo i, vol. 2.
Capítulo de libro o escritos reunidos: Guzmán Brito, Alejandro (2008). “Las prendas ordinaria y sin desplazamiento de la ley N° 20.190, recaídas en cosa ajena”, en Fabricio Mantilla y Carlos Pizarro (coords.). Estudios de Derecho Privado en homenaje al profesor Christian Larroumet. Santiago: Ediciones de la Fundación Fernando Fueyo Laneri.
Artículos de revista: Remy, Phillippe (2002). “Planiol: un civiliste à la Belle Epoque”. Revue Trimestrielle de Droit Civil, nº 1. Paris: janvier février.
Traducciones: Zimmermann, Reinhard (2008). El nuevo derecho alemán de obligaciones. Un análisis desde la Historia y el Derecho comparado. (trad.) Esther Arroyo I Amayuelas. Barcelona: Bosch.
Documentos en formato electrónico: Pizarro, Carlos (2007). “¿Puede el acreedor poner término unilateral al contrato?”.Ius et Praxis, vol. 13, n.º 1. Disponible en https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122007000100002 [fecha de consulta: 23 de julio de 2020].
Ejemplos de referencia abreviada:
- Obras con un autor o autora: Ferrando (1999), pp. 22-24.
- Obras con dos autores o autoras: López y Elorriaga (2017), pp. 401-422.
- Obras con más de dos autores o autoras: Díez-Picazo et al. (2002), p. 54.
- Obra compuesta por tomo y volumen: Alessandri (2011), tomo i, vol. 2, pp. 25-40.
- Dos o más obras del mismo autor o de la misma autora y año de publicación: Corral (2008a) y Corral (2008b).
- Normas citadas
Ejemplo de referencia completa:
Ley n.º 19496, sobre protección de los derechos de los consumidores. Diario Oficial de la República de Chile, Santiago, 7 de marzo de 1997.
Ejemplo de referencia abreviada:
Ley n.º 19496, de 1997.
- Jurisprudencia citada
Ejemplos de referencia completa:
Gabriel Francisco Retamal García con Comercial Automotora del Maule S.A. (2003): Corte Suprema, 24 de julio de 2003, rol n.º 1726-2002, en Gaceta Jurídica, n.º 277, Santiago, p. 245 y ss.
Aldo Rojas Riobo con Aguas del Altiplano S.A. (2008): Corte de Apelaciones de Iquique, 10 de marzo de 2008, rol n.º 165-2007, Legal Publishing CL/JUR/5359/2008.
Sentencia del Tribunal Supremo (1993): 19 de febrero de 1993, n.º 130/1993, en ECLI:ES:TS:1993:19110.
Ejemplo de referencia abreviada:
Rozas Vial con Párroco de San Roque (1984).
Sentencia del Tribunal Supremo (1993).
- Otras
Las referencias completas de otros documentos (resoluciones, oficios, informes, circulares) se incluirán al final del trabajo, bajo el título “Otras”. Se ordenarán cronológica y alfabéticamente por el nombre del organismo que lo emite, el tipo de documento de que se trate, la fecha, su lugar y la fecha de consulta.
Ejemplo de referencia completa:
Servicio Nacional del Consumidor, resolución exenta n.º 371 de 23 de abril de 2020. Disponible en www.sernac.cl/portal/618/articles 58529_archivo_01.pdf [fecha de consulta 24 de mayo de 2021], si es fuente electrónica. Si no es consulta electrónica, lugar en que fue publicada, el n.º o vol. si corresponde, ciudad, año y páginas.
Ejemplo de referencia abreviada:
Servicio Nacional del Consumidor (2020), p. 4 (si corresponde).
[1] Estas reglas se extrajeron el sitio web de la Revista Chilena de Derecho Privado: https://rchdp.udp.cl/index.php/rchdp/about/submissions#authorGuidelines [Fecha de consulta: 12 de diciembre de 2022].