Solicitud de cancelación de usufructo donde sólo comparece el constituyente
Situación
"A", constituye un usufructo sobre un inmueble, usufructo que según la escritura respectiva se extinguirá una vez que se cumple una condición. El constituyente solicita la cancelación de dicha inscripción presentando una escritura en la que sólo comparece él manifestando que dicha condición se encuentra cumplida.
Pregunta
¿Procede cancelar la inscripción del usufructo con el mérito de dicho instrumento en que no comparece el usufructuario que es titular del derecho que ampara dicha inscripción?
Respuesta
No, por cuanto desde el momento que se practica la inscripción del usufructo nace para el usufructuario derecho de uso y goce sobre la cosa fructuaria y a diferencia del usufructo vitalicio o a plazo, en que el usufructo se extingue por la muerte del usufructuario o el cumplimiento del plazo, que se acreditará con el certificado de defunción del usufructuario o el calendario respectivamente, en el caso del usufructo cuya extinción pende de una condición deberá acreditarse fehacientemente el cumplimiento de la condición para cancelar la inscripción o que el usufructuario compareciera en la escritura pública que se presenta al Conservador declarando que dicha condición se encuentra cumplida o lisa y llanamente renunciando al usufructo.
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