Retiro de título una vez iniciado el proceso de inscripción
Situación
Se presenta título a inscripción, pero posteriormente el requirente desea retirarlo por motivos personales.
Pregunta
¿Puede retirar el título presentado, ya una vez que se ha iniciado el proceso registral?
Respuesta
El artículo 74 del Reglamento del Registro Conservatorio, otorga la facultad a la parte requirente para desistirse de la actuación registral requerida, debiendo el Conservador dejar constancia de ello en el Repertorio, constancia que debe ser firmada por la parte solicitante, haciendo constar el motivo de la no inscripción.
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