Cesión de derechos de matrimonio declarado nulo por sentencia judicial
Situación
Se encuentra inscrito un inmueble a nombre del marido en su calidad de administrador de la sociedad conyugal y la mujer por escritura pública cede sus derechos en dicho inmueble a una hija común y mayor de edad y requiere la inscripción de dicha cesión de derechos en atención a que en ella se inserta el certificado de matrimonio que acredita que éste fue declarado nulo por sentencia judicial dictada años atrás sin que a la fecha del requerimiento aludido se haya liquidado la sociedad conyugal, régimen bajo el cual se celebró el matrimonio durante cuya vigencia se adquirió el mencionado inmueble.
Pregunta
¿Procede practicar la inscripción de cesión de derechos que respecto del inmueble hace la madre a su hija mayor de edad?
Respuesta
Disuelto el matrimonio celebrado bajo el régimen de sociedad conyugal - durante cuya vigencia se adquirió el inmueble - se produce en relación a los bienes adquiridos, una comunidad, pudiendo cada uno de los comuneros ceder todo o parte de los derechos que tenga en dicha comunidad, mas no sobre un bien determinado, toda vez que en tanto no se proceda a la liquidación de la comunidad y consiguiente adjudicación de bienes y derechos en ellos, no pueden cederse derechos sobre un bien determinado por uno de los comuneros pues sus derechos no recaen sobre un bien determinado sino que sobre la masa de éstos y en consecuencia no procede practicar la inscripción a que se refiere esta consulta.
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