Declarada en interdicción una persona e inscrita ésta, la persona del interdicto fallece.
Pregunta
¿Cómo debe procederse respecto a la interdicción inscrita, es necesario solicitar al tribunal que se pronunció de la interdicción que dicte resolución alguna para ser presentada al Conservador de Bienes Raíces?
Respuesta
Fallecida la persona del interdicto, se debe proceder a la presentación del certificado de defunción para que esta sea cancelada, sin necesidad alguna que se solicite al tribunal que dicte resolución alguna.
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